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Conociendo Cartagena
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División político–administrativa
El distrito de Cartagena de Indias está reglamentado por la ley Ley 768 de 2002. Esta ley que consagra las normas políticas, administrativas y fiscales de Cartagena, tiene como objeto “dotar al municipio de las facultades, instrumentos y recursos que le permitan cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo, y promover el desarrollo integral de su territorio para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, a partir del aprovechamiento de sus recursos y ventajas derivadas de las características y condiciones especiales que presenta” como ciudad portuaria, industrial y turística.

Según lo estipulado en dicha ley, el distrito de Cartagena fue dividido político-administrativamente en tres localidades, cada una con su Alcalde Local nombrado por el Alcalde Mayor de Cartagena:
Localidad 1, Histórica y del Caribe Norte.
Localidad 2, De la Virgen y Turística.
Localidad 3, Industrial de la Bahía.

A su vez, las tres localidades están divididas en quince Unidades Comuneras de Gobierno Urbanas y en doce Unidades Comuneras de Gobierno Rurales, de la siguiente forma: Ver cuadro

Mapas (Secretaría de Planeación Distrital)
Localidades
Unidades Comuneras de Gobierno Urbanas
Unidades Comuneras de Gobierno Rurales